Coto deportivo de pesca C.D. Santa Ana en Tarazona:

Nuestra sociedad gestiona el coto deportivo de Santa Ana. Se trata de un Coto Deportivo en el que se realizan repoblaciones mensuales de trucha arco iris.

Para pescar en el embalse, además de tener la licencia de pesca de Aragón en vigor, es necesaria la obtención de un permiso de pesca.

Para el ejercicio de la pesca en el coto es necesario respetar tanto las normas de pesca de Aragón, como las normas internas del coto, ya que infringir dichas normas puede ser motivo de sanción por parte del los Agentes medioambientales o el servicio de SEPRONA de la Guardia Civil.

Precio de permisos y abonos
del coto de Santa Ana:

NOTA: Para poder sacar permiso de ribereño, debemos mandar carnet de identidad reflejando que eres de Tarazona, o bien volante de empadronamiento, al email de la Federación Aragonesa de Pesca: fapyc@fapyc.es, reseñando que quieres el permiso de "ribereño" para el coto de Santa Ana (Tarazona).

Al día siguiente ya puedes sacar tu permiso de ribereño, bien en el Bar Autobuses, o en la web de la Federación.

Socios

- Bono anual: 56 €
- Permiso diario: 8 €

Federados

- Bono anual: 56 €
- Permiso diario: 8 €

Otros

- Bono anual: N/D
- Permiso diario: 15 €

Headline

Para poder sacar permiso de ribereño. Debemos mandar carnet de identidad reflejando que eres de Tarazona o bien papel de empadronamiento, a la web de FPYC reseñando que quieres el permiso para Santana Tarazona al día siguiente ya puedes sacar tu permiso de ribereño bien en autobuses como por internet

Normativa del Coto

El embalse consta de dos vasos. La balsa grande tiene régimen de "pesca extractiva" y la balsa pequeña tiene régimen de "captura y suelta".

Como norma general se deberán respetar las normas establecidas en el Plan General de pesca 2025 de Aragón. Puede consultarlo pinchando en el siguiente enlace: Plan General Pesca Aragón 2025.


Además de lo anterior, se deberán respetar las normas específicas dispuestas en el Plan Anual del Coto de Santa Ana, así como las normas de funcionamiento interno que la Sociedad de Pesca Comarcal de Tarazona exponga en el ejercicio de sus competencias.


Puede consultar el plan anual en la Web de la Federación Aragonesa de Pesca y Casting, siguiendo el siguiente enlace: Web FAPYC.

Embalse grande

Resumen de normas para el ejercicio de la pesca en el embalse grande:

  •  .- Periodo y horario hábil de pesca: Todos los días. Cuando se celebren cursillos o competiciones deportivas deberán respetarse las zonas marcadas a tal efecto.
  • Horario hábil: una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta.
  •  .- Cupo de capturas: 
  • - Truchas: 3 ejemplares.
  • - Carpas: 0. Es obligatorio devolver todas las carpas vivas al agua en el momento de pescarlas.
  •  .- Cebos permitidos: Según Plan general de pesca de Aragón.
  • (1. Se autoriza la pesca con caña con los cebos naturales siguientes: los vegetales y los productos alimenticios en origen, mezclados o elaborados, insectos y lombrices de especies autóctonas, vivos o muertos; partes de animales (excepto de peces), huevos y embriones de especies autóctonas.
  • 2.Se prohíbe la utilización como cebo de cualquier tipo de pez o de sus partes.
  • 3. Se autoriza la pesca con caña con cualquier tipo de cebo artificial.)
  •  .- Medios y artes de pesca: Sólo 
  • se permite pesca con caña, y solamente una caña por pescador.
  • No se autoriza la pesca desde embarcación.
  •  .- Queda prohibido uso de rejón fuera de concurso y utilizar bolo de engodo como cebo.

Embalse pequeño (captura y suelta).

Resumen de normas para el ejercicio de la pesca en el embalse pequeño:

  •  .- Periodo y horario hábil de pesca: Todos los días. Cuando se celebren cursillos o competiciones deportivas deberán respetarse las zonas marcadas a tal efecto.
  • Horario hábil: una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta.
  •  .- Cupo de capturas: 
  • - Truchas: 0 ejemplares.
  • - Carpas: 0. ejemplares.
  • - Resto de especies: Según Plan general de pesca de Aragón.
  •  .- Cebos permitidos: Los autorizados para captura y suelta, Según Plan general de pesca de Aragón.:
  • 1.) Se prohíbe el uso del cebo natural.
  • 2.) Sólo se autorizan cebos artificiales que dispongan de un único anzuelo ,de una sola punta y sin arponcillo o rebaba final de retención. 
  • Los cebos artificiales autorizados son los siguientes: 
  • - Cucharilla (con un solo anzuelo simple y sin muerte).
  • - Pez artificial  (con un solo anzuelo simple y sin muerte).
  • - Mosca artificial o mosquito artificial en sus diferentes versiones, seca, ahogada, streamer y ninfa, con un máximo de cuatro por aparejo.
  • 3.) En todas las modalidades queda prohibido el lastrado del aparejo externo a las moscas en la línea de pesca. Por otro lado, las boyas sólo podrán ser flotantes.
  • 4.) Queda prohibido portar ejemplares de cualquier especie de pez o cangrejo, aunque éstos hayan sido pescados en una zona de pesca extractiva.